En el marco de la celebración por los 30 años de Grupo Bimbo en Argentina, la compañía lanza una convocatoria nacional dirigida a organizaciones sociales no gubernamentales (en adelante, "ONG") con el objetivo de fortalecer su compromiso con el desarrollo comunitario, la inclusión y la alimentación saludable.
Inspirada en la convicción de que las personas están en el centro de toda transformación positiva, esta iniciativa busca reconocer y potenciar proyectos que generen un impacto real en sus comunidades. Grupo Bimbo, junto a aliados estratégicos con experiencia en ONG, seleccionará tres propuestas destacadas que recibirán apoyo económico, capacitación y visibilidad.
La finalidad de esta convocatoria es otorgar y ofrecer un subsidio económico a los siguientes 3 proyectos:
Con esta acción, Grupo Bimbo reafirma su compromiso con alimentar un mundo mejor, celebrando su historia en el país y apostando al futuro con propósito.
El presente programa denominado "Bimbo Alimenta tu Causa" (en adelante, el "Programa") es organizada Compañía de Alimentos Fargo S.A, CUIT 30-69231702-1, con domicilio constituido a los efectos de la presente en la calle Uruguay 3675, San Fernando, Provincia de Buenos Aires (el "Organizador"), para celebrar sus treinta años en el país. El Programa se regirá bajo las siguientes bases y condiciones (en adelante, las "Bases").
El Programa tendrá vigencia exclusivamente en el territorio de la República Argentina, (en adelante, el "Territorio"), desde las 08:00:00 horas del día 30 de septiembre de 2025 hasta las 23:59:59 horas del día 31 de octubre de 2025, ambas fechas inclusive (en adelante, el "Plazo de Vigencia"). Este Período de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia participaciones posteriores a la finalización del Plazo de Vigencia del Programa.
La Evaluación de Jurados se realizará desde el 24 de noviembre hasta el día 28 de noviembre. Asimismo, los Potenciales Ganadores serán notificados por el Organizador, mediante correo electrónico y/o telefónicamente y deberán mantener la confidencialidad de la información hasta el momento de la Ceremonia de Premiación.
La Adjudicación y ceremonia de entrega de los Premios se realizará el 1 de diciembre de 2025. Los Proyectos ganadores se darán a conocer públicamente en esta fecha. Los resultados serán difundidos en los canales institucionales de las Partes (sitios webs, redes sociales, mailing, gacetillas) y medios de comunicación. Por último, la efectivización de los Premios se realizará antes de los 90 días de que se dio a conocer públicamente a los Proyectos ganadores.
Podrán participar exclusivamente: Organizaciones No Gubernamentales debidamente inscriptas y registradas en el Organismo correspondiente, residentes en el territorio de la República Argentina, que, durante el Período de Vigencia, cumplan con el mecanismo de participación del Programa y respeten los términos y condiciones estipulados en las Bases disponibles. El representante de las Organizaciones No Gubernamentales deberá estar facultado para inscribir a la Organización en el presente Concurso, debiendo mostrar el debido Poder y/o Inscripción de Autoridades.
No podrán participar: Entidades que no sean Organizaciones No Gubernamentales y/o que posean participación estatal (incluyendo, pero sin limitarse a: municipios, entidades autárquicas, provincias, entre otras). Asimismo, no podrán participar Organizaciones No Gubernamentales en donde trabajen y/o participen el personal, directores y demás autoridades de Compañía de Alimentos Fargo S.A. y/o de alguna de sus subsidiarias y/o empresas vinculadas y/o evaluadores y/o integrantes del jurado.
El Organizador adjudicará la suma de $10.000.000 (Pesos Argentinos Diez Millones) a modo de subsidio a tres (3) proyectos distintos. El subsidio será de $10.000.000 netos siempre y cuando cuenten con el Certificado de no exención de ganancias. El primer Proyecto deberá centrarse y tener como objetivo principal la Alimentación Saludable, el segundo Proyecto deberá centrarse y tener como objetivo principal la Inclusión Social y Educativa y el tercer Proyecto deberá centrarse y tener como objetivo principal la Sostenibilidad y Desarrollo Comunitario. Por lo tanto, a cada proyecto ganador y elegido por el jurado, dentro de su categoría, se le otorgará un premio de $10.000.000 (Pesos Argentinos Diez Millones).
Los fondos otorgados serán destinados a solventar los gastos corrientes y de capital que demanden los Proyectos. Dentro de los seis (6) meses contados a partir de la fecha de entrega del monto total del subsidio, los responsables de los proyectos deberán enviar al Organizador el informe con el detalle del desarrollo alcanzado del Proyecto ganador. Los bienes adquiridos con el dinero del subsidio serán de propiedad de la ONG ganadora.
Importante: Los Subsidios no incluyen ninguna otra prestación, bien o servicio no enumerado en estas Bases, y el Ganador no podrá exigir el cambio del Premio por otro, ni por un bien o servicio distinto, ni podrá ser transferido a terceros, de modo que los Premios no serán negociables. Es decir, todos los Subsidios son intransferibles, estando prohibida cualquier sustitución.
Los Proyectos deberán no encontrarse iniciados o en curso de ejecución, en una o varias esferas de alguna de las siguientes áreas:
Los Proyectos presentados deberán encontrarse vinculados a algunas de las disciplinas mencionadas precedentemente y deberán realizarse en la República Argentina. Se aclara que las ONGs podrán participar en las 3 (tres) categorías, pero serán adjudicadas, únicamente, en uno de los 3 (tres) Proyectos.
Resulta indispensable completar, cumpliendo con los requisitos en su totalidad, el formulario de inscripción para poder participar del presente Concurso.
El formulario será de presentación únicamente electrónica y estará disponible en https://alimentatucausa.com.ar/ durante el Plazo de Vigencia. En dicho formulario se solicitan datos personales, información del proyecto, antecedentes, Certificado de no exención de ganancias, Estatuto, última acta de designación, DNI del apoderado firmante y directores, conflicto de interés completo y firmado y archivos adjuntos (presupuesto, publicaciones destacadas y aspectos éticos, entre otras cosas), entre otras cosas. Es de suma importancia consignar número de celular y mail personal e institucional para mejorar la comunicación con los Participantes. En caso de que cualquiera de los adjuntos no cumpla con estos requisitos serán rechazados.
Los Proyectos presentados serán evaluados por un comité integrado por jurados. El jurado estará integrado por personal institucional del Organizador, representantes de ONGS y/o especialistas en las categorías de cada uno de los Proyectos. Se aclara que las evaluaciones que realiza el jurado sobre cada postulación no incluyen un dictamen y serán confidenciales.
Serán consideradas inválidas todas aquellas participaciones de usuarios registrados con datos falsos, inexactos o incompletos. Asimismo, el Organizador inhabilitará a cualquier Participante o Potencial Ganador que haya realizado tal conducta o llevare a cabo conductas fraudulentas en contra de los mecanismos de participación; como así también si se detectara el uso de algún sistema informático fraudulento y/o robot informático. En tales circunstancias, el Organizador tendrá la facultad de analizar la conducta fraudulenta a través de los técnicos y peritos que considere pertinente.
El Organizador y Compañía de Alimentos Fargo S.A. no se responsabilizan, por los reclamos de los Participantes por problemas de conexión de equipos de informática o celulares que imposibiliten la participación de acuerdo a las condiciones establecidas en el presente Concurso.
El Organizador no será responsable por daños o perjuicios que pudiere sufrir el Ganador o terceros con motivo y/u ocasión de su participación en el Concurso y/o del uso de los Premios, situación que es aceptada de conformidad por los Participantes al participar del Concurso. El Organizador limita su responsabilidad a la organización integral del presente Concurso y a la entrega de los Premios, conforme los términos de estas Bases. La responsabilidad del Organizador finalizará con la entrega del Premio a cada Ganador.
Una vez entregado el Premio, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto del mismo. Los Participantes eximen expresamente al Organizador de toda responsabilidad ocasionada por cualquier daño o perjuicio sufrido por los Participantes, Ganadores o terceros, proveniente de caso fortuito o fuerza mayor, hechos de terceros y/o cualquier responsabilidad que no le resultare imputable en forma directa al Organizador, en ocasión de participar o utilizar el Premio.
Todo Premio no asignado quedará en poder del Organizador quien determinará el destino que les dará.
Todo impuesto actual o futuro que grave los Premios objeto del Concurso, y/o todo gasto en que por cualquier concepto incurran Potenciales Ganadores en la recepción del Premio y/o para utilizar el Premio, en su caso, serán a exclusivo cargo de los Ganadores de los Premios. Los gastos no mencionados en las presentes Bases y/o todo otro gasto adicional en el que incurran los Participantes con motivo o en ocasión de su participación en el presente Concurso, serán a cargo de los Participantes.
El Organizador se reserva el derecho a difundir nombre y/o imágenes de los Participantes y de los Ganadores por los medios y formas de comunicación que crean convenientes sin generar compensación alguna a favor de los Participantes y/o de los Ganadores. Con la sola participación en el presente Concurso, los Participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga (las "Imágenes").
La participación en el Concurso importa prestar conformidad para que el Organizador difunda la participación y las Imágenes, y, eventualmente, el Premio obtenido, en la forma y hasta transcurridos 2 (dos) años de la finalización del Plazo de Vigencia, sin derecho a reclamo ni compensación alguna por dicha difusión.
Los Participantes se comprometen a participar en el Concurso de conformidad con la ley, la moral y buenas costumbres generalmente aceptadas y el orden público, de forma correcta y diligente absteniéndose de cometer hechos ilícitos, prohibidos por las presentes Bases, que resulten lesivos de los derechos e intereses de terceros, o que, de cualquier forma puedan dañar, inutilizar, sobrecargar o deteriorar los equipos informáticos del Organizador y/o de otros usuarios, así como los documentos, archivos, y toda clase de contenidos almacenados en sus equipos informáticos o impedir la normal utilización o disfrute de dichos equipos informáticos y documentos, archivos y contenidos por parte de otros usuarios de internet.
Al aceptar las presentes Bases, los Participantes darán al Organizador su consentimiento previo, expreso e informado para recolectar y para almacenar en las bases de datos del Organizador los datos personales que proporcionen en el marco del Concurso, relativos a su nombre, apellido, y número de teléfono, y cualquier otro dato o antecedente personal ingresado, para procesarlos y para utilizarlos a los efectos de incluirlos como Participantes del Concurso, contactarse con los Participantes a los fines del Concurso, como así también para utilizarlos con fines publicitarios o de marketing directo, sin tener derecho a percibir pago alguno por dicho concepto (los "Datos Personales").
El Participante entiende que, si no provee dichos Datos Personales o los provee de manera inexacta, es posible que no pueda participar del Concurso o que el Organizador no pueda contactarse con el Participante con los fines indicados anteriormente. El Participante entiende también que -como titular de los Datos Personales - tiene derecho a solicitar el acceso, rectificación, actualización y -en su caso- supresión de los mismos, comunicándose a la siguiente dirección: datospersonales@grupobimbo.com.
El Organizador se compromete a no vender y/o ceder o utilizar la base de datos que se genere con motivo del Concurso sin autorización de los Participantes excepto para los fines arriba descriptos.
El titular de los Datos Personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N º 25.326 de la República Argentina. La autoridad de aplicación (en Argentina la Agencia de Acceso a la Información, Órgano de Control de la Ley N º 25.326), tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las Normas sobre protección de Datos Personales.
Los Participantes garantizan que no existen terceros que tengan derechos de exclusividad sobre la exhibición, publicación, difusión, reproducción y/o la puesta en el comercio de su imagen, nombre, voz, y/o Datos Personales. En caso contrario, se comprometen a mantener indemne al Organizador, respecto de cualquier reclamo que por este motivo pudieran formular terceras personas. Los Participantes reconocen que la participación en el Concurso no les causa ningún perjuicio patrimonial, por tanto, renuncian a cualquier reclamo que puedan efectuar por cualquier causa, incluyendo, pero no limitado, a la disminución de sus ingresos.
El Organizador podrá condicionar la entrega del Premio a que sus respectivos adjudicatarios suscriban una autorización con la misma extensión de lo previsto en este punto.
El Organizador se reserva el derecho a establecer y pronunciarse sobre aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en las Bases, reservándose asimismo el derecho de poner término, suspender o modificar el Concurso por circunstancias no previstas que sean ajenas a la voluntad del Organizador, aclarándose que cualquiera de dichas situaciones será ajustada de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente en la materia y debidamente comunicada a los Participantes.
Para cualquier controversia judicial y/o extrajudicial derivada del Concurso, los Participantes aceptan someterse voluntariamente a la jurisdicción de los tribunales Ordinarios en lo Comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con exclusión de todo otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderles. Serán de aplicación las leyes vigentes en la República Argentina.
La mera participación en el Concurso implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas Bases. Asimismo, la participación implica el reconocimiento de las decisiones que el Organizador tome con relación al Concurso como de carácter definitivo e inapelable toda vez que las mismas sean debidamente comunicadas, no resulten abusivas ni infundadas, no perjudiquen dolosamente el derecho de los Participantes, se ajusten al régimen legal vigente y hayan sido comunicadas a los Participantes.
¿Quiénes pueden participar?
¿Cómo se adjudicará el premio?
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